Privilegios como el aguinaldo ya no serán solo para el SNTE 27 – El Sol de Sinaloa

Culiacán, Sin.- Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado aprobó que no sólo los jubilados y pensionados federalizados, afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 27, homologados de educación media superior y superior reciban 65 días de aguinaldo, sino que será amplio ya que la norma limitaba este derecho a los agremiados de dicha sección sindical

El dictamen que se puso a consideración del Pleno reforma los párrafos segundo y tercero de la Fracción XXXII del artículo 145 de la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa y que tiene que ver con el aguinaldo que deben recibir los trabajadores jubilados y pensionados del sector educativo federalizado.

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“Con la reforma a la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa se garantiza el respeto irrestricto a los derechos de los trabajadores y se quita la parte que le hacía violatoria de la norma internacional y de la propia Constitución de México, aseguró el diputado José Manuel Luque Rojas.

El presidente de la Comisión de Educación Pública y Cultura del Congreso, aclaró que el artículo tenía establecido como requisito para acceder a esta prestación el pertenecer a una determinada organización sindical., con lo cual se violentaban los derechos laborales.

Recordó que todavía hasta hace poco, los trabajadores pensionados y jubilados del sistema federalizado de la educación recibían sólo 40 días de aguinaldo por parte del ISSSTE, y la 63 Legislatura aprobó que el Gobierno del Estado les pague un complemento de 25 días, para que en total reciban 65 días.

Sin embargo, observó que para acceder a esta prestación se tenía que cumplir la condición de pertenecer a una organización sindical, que es la sección 27 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).

Este condicionamiento de otorgar la prestación sólo si se pertenece a un sindicato era por sí misma violatoria, dijo.

Con la reforma al artículo 145 ahora aprobada, puntualizó, se quita ese condicionamiento.

“Al hacerlo estamos resolviendo dos cosas. Uno, el respeto irrestricto a los derechos de los trabajadores, un reconocimiento a su labor y la obligación del estado de corresponderle en este caso con el complemento del aguinaldo, y en segundo lugar poner a tono esta legislación que es violatoria a un conjunto de normas de carácter internacional y de la propia Constitución”, señaló.

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